Peña Flamenca Alto de la Fuente de Gelves
Estatutos. 04/02/12
CAPÍTULO I
DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO:
ARTÍCULO 1º
Con la denominación de PEÑA CULTURAL FLAMENCA "ALTO DE LA FUENTE", se constituye en la villa de Gelves, provincia de Sevilla, una entidad de naturaleza asociativa y sin ánimo de lucro, al amparo de lo dispuesto en el artículo 22 de la Constitución Española, la Ley Orgánica1/2002, de 22 de Marzo, reguladora del Derecho de Asociación, y demás disposiciones vigentes dictadas en desarrollo y aplicación de aquella, así como las disposiciones normativas concordantes. El Régimen de la Asociación se determinará por lo dispuesto en los presentes Estatutos, por acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria celebrada el día indicado en el Acta Fundacional que como documento anexo se acompaña al final de estos Estatutos.